Testamento: ¿Cuántos tipos hay y cuáles son los más comunes?

Ahora que estamos en el Mes del Testamento, qué mejor que saber identificar cuáles son los diferentes documentos que podemos tener para heredarle tranquilidad a la familia.

Septiembre es el “Mes del Testamento” y vaya que se trata de una ocasión muy especial para poner en orden nuestra voluntad sobre qué y cómo vamos a heredar nuestros bienes, incluso si aún no los tenemos.

Esta iniciativa busca crear una cultura de prevención en las personas, pues, aunque se trate de un tema del que no solemos hablar… es decir, no es como que en una charla con tus amigos preguntes, ¿ya tienes testamento? Sin embargo, es muy importante saber de qué se trata, así como platicar entre amigos y familia sobre la necesidad de contar con uno, para cuando ocurra alguna eventualidad, podamos heredar tranquilidad a nuestros seres queridos y evitar conflictos legales que podrían surgir por quedar intestado.

¿Qué tipos de testamento existen?

Como sabrás, durante este mes, las diferentes notarías del país ofrecen hasta 50 % de descuento en la elaboración de este documento. Pero ¿qué tipos de testamento hay y cuáles son las diferencias?

De acuerdo con la Secretaría de Gobernación, los testamentos se dividen en ordinarios (público cerrado, público abierto, ológrafo y simplificado) y especiales (marino, militar y privado). Podrían parecer demasiados, pero no te preocupes, a continuación, te comentaremos las características de cada uno. Eso sí, el más común es el «público abierto».

También te podría interesar: Sheinbaum felicita a diputados por aprobar la Reforma Judicial

Testamento público abierto

Como mencionamos antes, es el más común. Aquí el notario es el encargado de redactarlo de acuerdo con las indicaciones y señalamientos que tú decidas. Es decir, especificarás cómo sería la disposición de tus bienes y en qué porcentajes o cantidades serían repartidas en caso de que existan varios herederos.

Si desconoces del tema, el notario te guiará y asesorará para que no hay espacio a dudas y que todo quede tal y como tú lo planeas. Al final, simplemente debes revistar que todos los puntos del documento estén correctos y, de ser así, tu firma sería el último paso para completar el trámite.

También te podría interesar: Septiembre, mes del testamento. ¿Qué es y para qué sirve?

Testamento público cerrado

Aquí tú mismo serás quien escriba los detalles del documento, aunque si no sabes escribir o tu letra no es lo suficientemente legible, podrías pedirle ayuda a alguien más. Es importante que cada uno de los puntos quede detallado hasta en lo más mínimo, para ser claros y evitar espacio a dudas.

Una vez que esté completo y revisado minuciosamente, debes firmar todas las hojas del documento e incluso, si es posible, numerarlas, para evitar cualquier confusión. Al terminar, el testamento debe entregarse cerrado ante un notario calificado, quien se encargará de validar el documento.

Público simplificado

Esta opción es de las más claras y prácticas si lo que buscas es heredar algún inmueble, como una casa, departamento, entre otros. El testamento público simplificado se otorga ante el notario al momento de la escrituración, es decir, tu voluntad será plasmada directamente en la escritura de la propiedad.

Ológrafo

Tal como en el caso del testamento público cerrado, tú te encargarías de redactar todo el documento. Así que deberás tomar en cuenta cada una de las cosas que quieras heredad (sean materiales o inmateriales) y detalla claramente los porcentajes o cantidades que serán distribuidas en caso de que exista más de un heredero. Al terminar, el testamento se cerrará y lacrará para luego depositarse en el Archivo General de Notarías.

Privado

Este tipo de testamentos se realiza en caso de no ser posible acudir con el notario, ya sea por enfermedad, incapacidad o algún otro motivo. Así como también en caso de que el notario no pueda ir a donde te encuentres. El testador será quien redacte el documento, pero en caso de que no le sea posible escribir, lo podrá hacer alguien más. Para que tenga validez el documento, se deberá contar con cinco testigos que lo validen.

Además de los anteriores, también existen los testamentos miliar o marítimo. En el primer caso, los militares que entren a combate o estén heridos, pueden expresarlo verbalmente a dos testigos o entregarles un documento cerrado. En cuanto al segundo, se parece mucho al «público abierto» y aplica para personal en altamar o que estén a bordo de navíos de la Marina Nacional, sólo que, en éste, el capitán suplirá al notario y se necesitan dos testigos para avalar el documento.

Comments are closed.